Miedo institucional a innovar por fuera de lo que la norma nombra
ILUSIÓN P2-E5
Instituciones educativas
Hábito validado por el sistema
En muchos modelos institucionales, las decisiones de innovación se restringen casi exclusivamente a aquello que la norma menciona de manera explícita o legitima de forma directa.
Si una práctica, un dispositivo o una configuración no aparece nombrada en reglamentos, resoluciones o lineamientos oficiales, se la percibe de inmediato como riesgosa, aunque no esté prohibida.
Mientras la institución se mantenga dentro de lo que la norma describe con detalle, siente que su margen de seguridad es alto, aun si eso implica renunciar a formas de mejora que la regulación todavía no alcanza a contemplar.
Esta actitud se traduce en un tipo de conversación recurrente.
Ante cualquier propuesta de cambio —nuevas trayectorias, dispositivos de evaluación distintos, articulaciones con otros actores, uso no clásico de tecnologías— la pregunta predominante es “¿dónde está esto en la norma?” más que “¿qué problema resuelve y cómo lo resguardamos bien?”.
En la práctica, la norma se convierte en catálogo de lo permitido y deseable, en lugar de marco general dentro del cual se puede ejercer criterio institucional para avanzar.
Por qué este hábito engaña
No nombrado no es prohibido
Porque confunde no estar nombrado en la norma con no estar permitido o no ser legítimo institucionalmente.
La regulación, por diseño, no puede anticipar todos los modos en que una institución puede mejorar sus procesos, articularse con su entorno o usar nuevas herramientas; suele definir marcos, mínimos y restricciones, dejando amplias zonas a criterio local.
Interpretar esa falta de mención como prohibición de facto reduce drásticamente el espacio para innovar de manera responsable.
Citar un artículo como escudo
La ilusión funciona porque moverse solo donde la norma nombra explícitamente parece más seguro.
Si cada decisión puede justificarse señalando un párrafo o un artículo, es tentador concluir que el riesgo institucional está controlado y que cualquier cuestionamiento podrá ser respondido con un “esto es lo que la norma dice”.
Sin embargo, la relevancia y la calidad educativa requieren a menudo ir por delante de la regulación, o al menos explorar posibilidades que todavía no han sido escritas, siempre dentro de los límites de lo que sí está claramente prohibido.
Nada de eso es posible si se equipara sistemáticamente “no nombrado” con “no viable”.
Se renuncia al criterio propio
Este hábito instala una dependencia excesiva de actores externos.
La institución renuncia a ejercer su propio criterio sobre qué innovaciones tienen sentido en su contexto y qué resguardos necesita, transfiriendo esa responsabilidad a lo que aparece en la letra de la norma.
Con el tiempo, se consolida una cultura donde la pregunta por lo que conviene se reemplaza por la pregunta por lo que está explícitamente autorizado.
Qué deja de validarse en PIDOMAS
Dentro del eje Instituciones de PIDOMAS, dejan de considerarse criterios suficientes de prudencia y buena gobernanza:
- rechazar o congelar sistemáticamente propuestas de innovación con el argumento de que “la norma no lo dice” o “no aparece contemplado”;
- aceptar solo innovaciones que llegan empaquetadas desde la regulación o desde programas externos, sin desarrollar líneas propias de experimentación dentro del marco permitido;
- equiparar “seguir al pie de la letra lo que está escrito” con “cumplir plenamente el propósito educativo y social de la institución”.
También deja de validarse como criterio aceptable:
- descalificar iniciativas internas de mejora por el solo hecho de que no existen antecedentes normativos explícitos;
- utilizar el temor a posibles observaciones externas como argumento general para no explorar nuevas formas de organización, enseñanza o evaluación, incluso cuando no contradicen ninguna disposición.
La idea de que “es mejor no hacer nada que la norma no nombre, aunque no esté prohibido”, deja de ser aceptable dentro del eje Instituciones.
Qué se exige en su lugar
PIDOMAS exige que la institución desarrolle criterio propio para innovar dentro del marco normativo, distinguiendo claramente entre lo que está expresamente prohibido y lo que simplemente no ha sido aún nombrado.
Eso implica:
- leer la norma como delimitación de bordes (lo que no puede hacerse) y como definición de mínimos, no como catálogo exhaustivo de todo lo posible;
- diseñar innovaciones con resguardos explícitos: análisis de riesgos, definiciones de responsabilidad, criterios de evaluación y documentación suficiente para mostrar su sentido y su alineamiento con los principios del sistema;
- establecer canales de diálogo con agencias externas cuando sea necesario, no solo para pedir permiso, sino para compartir experiencias y contribuir a que la regulación evolucione a partir de prácticas bien fundadas.
El miedo a innovar cede lugar a un ejercicio responsable de autonomía institucional.
El criterio se desplaza de “¿la norma lo nombra?” a “¿esto está dentro de lo permitido, tiene sentido en nuestro contexto, está bien diseñado y debidamente resguardado?”.
- Propuestas de nuevos dispositivos (formatos de evaluación, proyectos con actores externos, usos no tradicionales de tecnología) se descartaban o postergaban cuando no se encontraban precedentes claros en la normativa.
- El principal filtro para avanzar era la capacidad de citar un artículo o resolución que describiera algo muy similar a lo que se quería hacer.
La regulación se interpretaba de la manera más restrictiva posible, como límite autoimpuesto.
- La institución discute primero el sentido y el diseño de las innovaciones, verifica que no contradigan disposiciones explícitas y, cuando se mueve en zonas no nombradas, diseña resguardos y mecanismos de seguimiento para monitorear su impacto.
- Se documentan las experiencias innovadoras y, cuando muestran buenos resultados, se usan como insumo para ajustar planos internos y, eventualmente, para dialogar con instancias normativas sobre la necesidad de abrir nuevos espacios reconocidos.
La institución interpreta y habita el marco normativo con responsabilidad, sin quedar paralizada por la ausencia de menciones textuales.
Función estructural de la ilusión
Esta ilusión le permite a la institución protegerse de la incertidumbre trasladando al texto normativo la decisión última sobre qué innovaciones son legítimas.
Mientras se crea que solo es seguro hacer aquello que la norma nombra, la organización puede:
- evitar asumir responsabilidad por decisiones nuevas, escudándose en que “no está previsto”;
- mantener prácticas conocidas y relativamente estables, incluso cuando son insuficientes para responder a desafíos emergentes;
- presentar su cautela como prudencia y respeto por las reglas, aunque esa cautela implique renunciar a mejoras posibles y necesarias dentro del propio margen de acción.
En la práctica, la ilusión protege un modelo que delega su capacidad de innovación en actores externos, renunciando a parte de su autonomía para construir respuestas más ajustadas a su contexto.
Mantiene intacta la ficción de que una institución que nunca se mueve más allá de lo explícitamente nombrado es, por definición, más segura y más responsable.
Cierre operativo
La relación con la norma se está definiendo por el miedo a salir de lo nombrado, no por el ejercicio estructuralmente responsable de la autonomía que el marco permite.